Hace años, era habitual ver
debajo de los hórreos o paneras de la totalidad de pueblos y aldeas del
territorio, los viejos “truébanos” que albergaban los enjambres para garantizar
en la economía doméstica el endulzante producto que generan estos insectos e
incluso materia prima para la elaboración de velas y cirios. Así mismo, en
laderas soleadas entre las grandes extensiones de brezo y tojo, emergían los
“cortinos”, esas construcciones ancestrales de piedra en forma circular que
permitían conservar las colmenas de los ataque de osos o jabalís e incluso
protegerlas de los fuegos.
Con la llegada en los 80 del siglo XX de la especialización ganadera del campo asturiano, estas actividades tradicionales sufrieron una brutal regresión perdurando de manera residual en la geografía de Tineo.
En los últimos años, debido a la
crisis económica, a la búsqueda de nuevos yacimientos de riqueza y al aumento
del porcentaje de población de clases pasivas, la apicultura ha resurgido
nuevamente, si bien en muchos casos, con una producción orientada al
autoconsumo. Paralelamente, la Administración Regional y Nacional, han
fomentado la apicultura trashumante, creando en ocasiones conflictos con
apicultores locales debido a las nuevas ubicaciones.
Carecemos en Asturias de un marco
jurídico que delimite las distancias entre cortinales, solo disponemos de un
Real Decreto de ámbito nacional, que puede tomarse como documento de referencia
a la hora de establecer un ordenamiento apícola en nuestro municipio:
REAL DECRETO 209/2002, de 22 de
febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones
apícolas
En este Real Decreto, se
establecen unas condiciones de ubicación:
Los asentamientos apícolas
deberán respetar las distancias mínimas siguientes respecto a:
1.Establecimientos colectivos de
carácter público y centros urbanos, núcleos de población: 400 metros.
2.Viviendas rurales habitadas e
instalaciones pecuarias: 100 metros.
3.Carreteras nacionales: 200
metros.
4.Carreteras comarcales: 50
metros.
5.Caminos vecinales: 25 metros.
6.Pistas forestales: las colmenas
se instalarán en los bordes sin que obstruyan el paso.
Para el establecimiento de
distancias mínimas entre asentamientos apícolas, no se considerarán los
asentamientos de menos de 26 colmenas como referencia para determinar
distancias mínimas entre asentamientos.
La distancia establecida para
carreteras y caminos en el apartado 2 podrá reducirse en un 50 por 100 si el
colmenar está en pendiente y a una altura o desnivel superior de dos metros con
la horizontal de estas carreteras y caminos.
Las distancias establecidas en
el apartado 2 podrán reducirse, hasta un máximo del 75 por 100, siempre que los
colmenares cuenten con una cerca de, al menos, dos metros de altura, en el
frente que esté situado hacia la carretera, camino o establecimiento de
referencia para determinar la distancia. Esta cerca podrá ser de cualquier
material que obligue a las abejas a iniciar el vuelo por encima de los dos
metros de altura. Esta excepción no será de aplicación a lo dispuesto para
distancias entre asentamientos apícolas
Como se puede observar, no marca
en ningún caso, una distancia mínima entre cortinales. También nos encontramos
con el problema en los Montes de Utilidad Pública, con la doble gestión
municipal y regional de los mismos.
Con estas premisas, se convoca
esta reunión en la que se invita a todo/a aficionado/a o profesional de la
apicultura que pueda asesorar, canalizar y exponer las opiniones, criterios y
aspiraciones de los/as apicultores locales sobre el desarrollo, conservación y
defensa de esta actividad.
La reunión, tendrá lugar en la
Sala de Prensa de la Oficina de Turismo de Tineo, el próximo jueves 29 de
Diciembre a las 12,00 horas, y en ella pretendemos recoger las aportaciones y
sugerencias del sector, para plasmar en un documento una ordenación de esta
actividad en el ámbito del municipio de Tineo.
Desde este área del Ayuntamiento
de Tineo, creemos que las políticas que afecten a una determinada actividad
deben de emanar de los propios profesionales y en este caso, no profesionales,
siempre y cuando se respeten los principios normativos de ámbito superior. Es
por ello, que rogamos a toda persona, asociación, formación política o sindical
u otra entidad de cualquier naturaleza, que pueda aportar su visión sobre el
problema que acuda a este debate reunión que organizamos. Con estas
aportaciones, este Ayuntamiento, intentará realizar una Ordenanza Municipal,
que regule esta actividad dentro del concejo y que intente dar solución a los
problemas existentes en la actualidad.
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